No es delito tener
relaciones sexuales consentidas con una menor que aparente ser mayor de 14
años. Así lo aclaró la Corte Suprema de Justicia al absolver a un hombre que
aseguró que desconocía la edad de la niña con la que tuvo relaciones sexuales.
La decisión la tomó
la sala de Casación Penal al explicar que el hombre desconocía que estaba
cometiendo un delito, por lo cual no actuó con dolo; lo que significa que no se
comete delito cuando la persona cree que tiene relaciones sexuales con una
menor creyendo que es mayor de edad.
El caso que estudió
la Corte fue el de un hombre que tuvo relaciones sexuales con una menor que
aparentaba ser mayor; incluso se comprobó que ella aceptó tener una cuenta la
red social Facebook en la que aseguraba tener 23 años de edad.
“La joven mintió
sobre varios aspectos trascendentes, como lo fue ocultar una cuenta de Facebook
no autorizada por sus padres con una edad que no le correspondía; la relación
de noviazgo que tuvo con el acusado”, dice uno de los apartes de la sentencia.
Con ponencia del
magistrado Luis Antonio Hernandez, la Corte determinó que no se demostró que el
hombre tuviera conocimiento de que sostenía relaciones con una menor de 14
años, por lo cual no podría señalarlo de alguna responsabilidad.
“No se demostró más
allá de toda duda, como exige el artículo 381 de la Ley 906 de 2004, que el
hombre era consciente de que la menor tenía menos de 14 años y, por ello (...)
se absolverá al procesado (...) en virtud
de que la duda se resuelve a su favor”, dice la Corte.
También se tuvo en
cuenta que la menor "siempre afirmó que de manera voluntaria tuvo
relaciones sexuales el día 15 de marzo de 2015 con el procesado, momento para
el cual contaba con 13 años, 11 meses y 14 días de edad".
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