Alexandra Sandoval
pasó por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y trabajó como abogada
sénior en la organización internacional Women’s Link Worldwide. Ahora es
magistrada de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), en donde se
desempeña, además, como coordinadora de la Comisión de Género, que tiene la
misión de eliminar las barreras de acceso a la justicia de las mujeres, las
niñas y la comunidad LGBTI y garantizar que las decisiones que emita esa
entidad protejan sus derechos. La Comisión es integrada por cuatro mujeres (una
de ellas indígena y otra afrodescendiente) y dos hombres, para tener
interseccionalidad, pues “una mujer indígena no sufrió el conflicto de la misma
manera que lo vivió una mujer campesina o una mujer de ciudad”.
¿Qué hace la Comisión
de Género de la JEP?
La Comisión de Género
se creó en el reglamento de la JEP como el organismo en el interior que debe velar
por que el enfoque de género, que es un principio que quedó en el Acuerdo y en
la Constitución, se implemente y se cumpla en la JEP. La Comisión de Género es
la manera de materializar que ese enfoque no se quede como un principio sólo en
el papel, sino que en el día a día exteriormente (en el procedimiento, en la
manera como nos relacionamos con las víctimas, en los procesos judiciales) ese
enfoque se vea materializado.
¿Cómo garantizan que
el enfoque de género se implemente?
La función principal
de la Comisión es ser un órgano consultivo dentro de la JEP para la
magistratura. Por ejemplo, si un magistrado tiene un caso al cual hay que
hacerle implementación del enfoque de género, le puede pedir a la Comisión que
le preste ayuda y le dé insumos para garantizar que las decisiones judiciales
salgan con una buena implementación del enfoque.
¿Qué es una “buena
implementación” del enfoque de género?
Por ejemplo, que las
decisiones no reproduzcan estereotipos de género. Muchas veces, cuando las
mujeres denuncian los hechos que les sucedieron, a la que terminan investigando
es a la mujer. Por ejemplo, en casos de violencia sexual terminan mirando qué
tan corta tenía la mujer su falda o cuántos novios tenía. Esos estereotipos
hacen pensar que la víctima hizo algo para que le pasaran esas cosas. Una
justicia aplicada sin estereotipos es una justicia que tiene claro que ese tipo
de cosas no se hacen, porque revictimizan a la mujer.
¿Cómo se traduce ese
apoyo en las decisiones?
Por ejemplo, la Sala
de Reconocimiento hizo una guía de presentación de informes, y nosotros, desde
la Comisión, le ayudamos para hacer un capítulo para la violencia basada en
género o violencia sexual. De esa manera se visibiliza que a las mujeres, las
niñas y la comunidad LGBTI sufrieron situaciones desproporcionadas en el
conflicto y que los daños fueron distintos, pero además hacemos que la ruta, a
la que las mujeres entran, tenga esa visión.
Pero ¿cómo se
materializa ese enfoque desde la JEP?
Las víctimas de
violencia de género o de violencia sexual, por ejemplo, no pueden bajo ningún
motivo ser obligadas durante ninguna etapa del procedimiento a ser confrontadas
con su victimario si no lo desean. Esa es una forma de garantizarlo. Hay
quienes sí lo desean y quieren estar al frente del victimario, pero la que no
quiere, no está obligada.
¿Cómo pueden
acercarse a la JEP?
La forma de acceder
es a través de los informes. No son denuncias individuales y no se aceptan
denuncias de una sola persona. Los informes tienen la vocación de contar
patrones o situaciones sistemáticas de violencia. Los que presentan los
informes son organizaciones de la sociedad civil. No es una denuncia como tal,
ni tiene que ser un documento jurídicamente elaborado.
¿Deben tener abogado
para presentar informes?
No, y tampoco tienen
que decir qué derecho se les violó. Es más, es un recuento de su historia y de
lo que sucedió de manera amplia.
¿Qué requisitos
tienen en cuenta?
El nombre de la
organización, el nombre de las personas que se identifican como víctimas, los
datos de contacto y todo lo que se quiera allegar. El plazo máximo es el 15 de
marzo de 2020.
¿Tienen que acudir a
las instalaciones de la JEP en Bogotá?
No necesariamente. Lo
pueden enviar por correo electrónico y también tenemos unos enlaces territoriales,
que son personas en 17 ciudades del país.
¿Y cuál es el papel
de la Comisión frente a la comunidad LGBTI?
Es importante
incluirla en el enfoque de género porque fue victimizada muchas veces por un
rechazo basado en ideas patriarcales, como que los hombres no deben ser
femeninos o las mujeres no deben comportarse de cierta manera. Vemos entonces
lo que los grupos armados llamaban violaciones correctivas, para “corregir
algo”.
¿Cómo incentivar que
las mujeres acudan a la JEP si hay nuevos fenómenos de violencia que las
amenazan?
Desde la JEP, vamos a
tener un programa de protección para las mujeres y niñas cuyos casos sean
priorizados o seleccionados. La Unidad de Investigación es la encargada y está
diseñando el programa.
¿Cómo garantizar el derecho
a la verdad?
Ese es uno de los
desafíos y tenemos experiencias pasadas, como Justicia y Paz, en que los
perpetradores suelen no querer reconocer responsabilidad frente a actos, por
ejemplo, de violencia basada en género o específicamente violencia sexual.
¿Por qué una justicia
restaurativa para los crímenes contra esta población?
Para que se entienda
que las razones van más allá del conflicto y que no mataron, violaron,
desaparecieron y desplazaron, entre muchas más cosas, sólo por el hecho de que
estaban ahí, sino por el hecho de ser mujeres, niñas o integrantes de la
comunidad LGBTI. Eso lo puede hacer mejor la justicia restaurativa que la
ordinaria.
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