La Procuraduría
General de la Nación destituyó e inhabilitó por diez años a Carlos Alberto
Carreño Pedraza, presidente del Concejo Municipal de Villavicencio, Meta, para
el año 2016, por desconocimiento de los principios que rigen la contratación
estatal en el proceso de selección del contralor municipal.
Se evidenció que el
disciplinado incluyó en el estudio previo y en la invitación pública 002 de
2016 que el oferente podía ser una persona natural, transgrediendo el Acuerdo
276/15 y la Resolución 032/15 según los cuales la contratación debía realizarse
con instituciones universitarias o entidades especializadas en procesos de
selección de personal, condiciones que no reunía la firma contratista “Gestión
Organizacional”.
Asimismo, la
Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal demostró que el
operador incumplió los requisitos plasmados en los estudios previos, en lo
referente al perfil de los abogados que conformarían el equipo de trabajo, ni
tampoco acreditó la experiencia específica de dos años establecida
contractualmente.
El ente de control
calificó de manera definitiva la falta de Carreño Pedraza como gravísima
cometida a título de culpa gravísima por violación manifiesta de reglas de
obligatorio cumplimiento.
En la misma decisión
disciplinaria se absolvió a Fabián Alberto Bobadilla Piedrahita y Daruin
Castellanos Romero, en sus calidades de primer y segundo vicepresidente del
Concejo de Villavicencio para el año 2016, por cuanto no se probó que tuvieran
la obligación de vigilar las actuaciones del presidente de la corporación.
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