El ministerio de Educación
reitera el llamado a los padres de familia y cuidadores sobre los útiles
inútiles que podrían exijir algunos colegios en el país.
Cada año, las listas de los
útiles escolares se convierten en noticia porque hasta papeles higiénicos han
comprados los padres de familia, como requerimiento de los colegios.
“El listado de materiales
educativos, compuesto por útiles, uniformes y textos, debe entregarse a las
familias en el momento de la matrícula, previa aprobación del Consejo Directivo
del colegio, en el que están representados padres, estudiantes y exalumnos. No
puede exigirse que los útiles sean de una marca determinada, ni que los
materiales sean comprados a un proveedor específico. Los establecimientos no
pueden imponer a las familias la obligación de entregarles los materiales
educativos”, son algunas recomendaciones del ministerio.
Para la aprobación de la lista
deben tenerse como criterios la coherencia de la misma con el currículo y en
general con el proyecto educativo del establecimiento, y que los elementos sean
efectivamente necesarios para el desarrollo del mismo.
De igual forma, según las normas
vigentes, los textos solo pueden cambiarse después de tres años; asimismo, solo
se puede exigir dos uniformes: uno para diario y otro para educación física.
Los colegios no pueden pedir
marcas ni proveedores exclusivos, ni la obligación de entregar los materiales
al establecimiento educativo.
Adicionalmente a la lista, la
institución debe definir un cronograma de uso de los materiales educativos,
para que las familias puedan adquirirlos en la medida en que los estudiantes necesiten.
Los materiales que se soliciten
deben ser para la dotación personal del estudiante y no para la dotación
institucional del establecimiento educativo. Por tal razón no se les puede
exigir a las familias o estudiantes que hagan entrega de estos al colegio,
jardín o establecimiento.
En síntesis, los establecimientos
tienen prohibido exigir y por ende los padres de familia no están obligados a:
• Adquirir
prendas exclusivas o de marcas definidas para los uniformes de sus hijos.
• Adquirir
útiles escolares de marcas o proveedores definidos por el establecimiento
educativo.
• Adquirir
los textos en un establecimiento específico.
• Adquirir
al inicio del año la totalidad de los útiles escolares que se incluyen en la
lista. Estos se pueden conseguir en la medida en que
sean requeridos en las
actividades escolares.
• Entregar
al colegio los útiles o textos para que sean administrados por el
establecimiento.
• Cambiar
los textos antes de transcurridos 3 años, las renovaciones solo se podrán hacer
por razones pedagógicas, de actualización de
conocimientos e informaciones y
modificaciones del currículo.
Las Secretarías de Educación
tienen competencia para revisar las listas, cuando las familias sientan la
obligación de entregar materiales al colegio que está por fuera de los límites
establecidos.
Si encuentran mérito, pueden
iniciar investigaciones, que, dado el caso, desembocan en sanciones que van
desde una amonestación, pasando por multas de entre 39 y 156 millones de pesos,
hasta el cierre del establecimiento educativo.
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